9 de agosto de 2011

CARTA DE LA SALP A ELIZABETH SALGUERO RESPECTO AL REGLAMENTO ARQUEOLÓGICO

La Paz, 9 de agosto del 2011
C-SALP-037/2011


 
Señora:
Lic. Elizabeth Salguero
Ministra de Culturas
Presente-

Ref.: Preparación participativa e incluyente del Reglamento Arqueológico

De nuestra consideración

La Sociedad de Arqueología de La Paz (SALP) es una organización de profesionales arqueólogos legalmente constituida (RS 665/2011 del Gobierno Departamental de La Paz) que viene trabajando por la protección del patrimonio arqueológico desde su fundación en febrero del año 2006. Hemos participado activamente en el Proceso Constituyente en el marco del tema cultural; contribuimos substancialmente a la elaboración de la Ley Marco de Autonomías en aspectos de Patrimonio Cultural y Natural; trabajamos en la elaboración de la propuesta de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y desarrollamos varias propuestas de políticas culturales y reglamentación en el campo de la práctica arqueológica y protección del patrimonio (Adjuntamos fotocopias de notas oficiales).

El mes de abril del 2010 hicimos llegar al Ministerio de Culturas nuestra propuesta de estructura para el tratamiento del Reglamento Arqueológico, en el marco de un proceso de consulta iniciado por el entonces Director General de Patrimonio Dr. Juan Albarracín, tema sobre el cual no tuvimos mayores noticias posteriores. En tal sentido enviamos a Ud. nuevamente la propuesta presentada, destacando nuestra extrañeza y molestia por el abandono que el Ministerio de Culturas y su Dirección General de patrimonio, han demostrado en más de un año, a la demanda urgente que la SALP ha realizado para que se lleve adelante la estructuración de una normativa arqueológica integral, para todos los ámbitos en que el patrimonio arqueológico se objetiva.

La SALP solicita al Ministerio de Culturas, el URGENTE tratamiento de la normativa arqueológica que los deberes de ejecución, investigación, protección, conservación y promoción requieren, con participación de TODOS LOS ACTORES que están inmersos en tales actividades.

La participación de los actores deber estar sujeta a una CONVOCATORIA ABIERTA, tanto a museos, universidades, gobernaciones, municipios, centros de investigación, y asociaciones vinculadas directamente a la disciplina de la arqueología; que como la nuestra (SALP), cuenta con Personería Jurídica legal para intervenir en decisiones de interés común en el rubro que le compete. Una convocatoria abierta EVITARÁ UNA DISCRIMINACIÓN manifiesta a los actores primarios y secundarios relacionados al ámbito del manejo del patrimonio arqueológico, y permitirá una democratización de la temática, reforzando la integración entre sus participantes, que esta coyuntura social necesita.

Asimismo, la SALP solicita que la temática normativa aborde de manera CONJUNTA, TODOS LOS AMBITOS que al patrimonio arqueológico le compete, tanto la normativa de la investigación arqueológica, del manejo y resguardo de los bienes materiales, las regulaciones para las consultorías, las competencias de preservación y conservación por unidades territoriales, etc., evitando salvaguardar cualquier tratamiento parcial, interesado, poco transparente y dirigido del patrimonio arqueológico boliviano y la práctica arqueológica, tal como sabemos que intentan hacer conocidos consultores en arqueología que tranzan con las grandes empresas petroleras, constructoras de caminos y mineras transnacionales que operan en nuestro país.

En este sentido, la SALP solicita vehementemente, que la discusión sobre la normativa del patrimonio arqueológico se realice en el marco del TRATAMIENTO DE LA LEY DE PATRIMONIO CULTURAL que la Ley Marco de Autonomías estipula en su artículo 86, parágrafo y numeral correspondiente. Comprendiendo que esta instancia PRIORITARIA constituirá el marco legal mayor de la que se desprenderán los diversos reglamentos específicos que el patrimonio cultural boliviano engloba.

La SALP solicita una respuesta escrita y urgente al respecto, para lo cual enviamos una copia de la estructura de la normativa presentada por la SALP el 26 de marzo de 2010, además de otras comunicaciones expedidas.

Sin otro particular, saludamos a usted.
Atentamente



Sociedad de Arqueología de La Paz

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