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19 de febrero de 2019

INSPECCIÓN DEL MDCyT AL MATERIAL ARQUEOLÓGICO RECUPERADO DE LA CÁMARA FUNERARIA DE VIACHA

A invitación directa del Director de la empresa Consultora Scientia SRL, Arqueólogo Jedú Antonio Sagárnaga, un delegado de la Sociedad de Arqueología de La Paz, participó de la visita de inspección que técnicos y autoridades del Ministerio de Culturas y Turismo efectuaron al lugar donde se hallan depositado los materiales arqueológicos hallados en el importante yacimiento de Mazocruz y Chacoma, el pasado 7 de febrero del 2019. 
Un antropólogo forense, un arqueólogo y un conservador formaron parte del equipo técnico enviado por el MDCyT, junto con él se presentaron técnicos y autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de Viacha (Secretario de Culturas y Turismo y un miembro del Concejo Municipal de Viacha) además de un especialista del Instituto de Investigación en Salud y Desarrollo (UPAMETROP/IINSAD), miembros del equipo de investigación del proyecto de rescate arqueológico del yacimiento de Mazocruz y Chacoma y el delegado de la SALP.
Los técnicos revisaron las instalaciones y documentaron la situación de cada una de las cajas del material arqueológico que se halla bajo la custodia de Scientia SRL. 
Durante la visita se intercambiaron opiniones con los asistentes sobre la necesidad de que el GAM de Viacha establezca una protección legal y física sobre el yacimiento, a fin de proteger el lugar y el patrimonio de la zona para futuras investigaciones.
Los materiales observados muestran un daño crítico sobre el material orgánico, principalmente restos óseos, tejidos vegetales y artefactos que se encontraron como ajuar de los individuos depositados en la cámara funeraria. 
Se observaron los artefactos cerámicos encontrados, cuya condición es muy buena, al igual que otros manufacturados en metal y piedra. 
Se espera que tras esta revisión, tanto el GAM de Viacha como el MDCyT aceleren las gestiones para que un custodio final se haga cargo de los materiales en las condiciones más apropiadas. Así mismo, es necesario que se continúen con las investigaciones a nivel de sitio como con los restos arqueológico y la información recuperada, pues el hallazgo es único y su entendimiento será un gran aporte para el entendimiento de las antiguas poblaciones prehispánicas que habitaron esta región.

Urge que experiencias como la dada en el marco de este proyecto, sean volcadas como lecciones aprendidas para futuras investigaciones, a fin de que las falencias institucionales, de conducción operativa de los estudios, de la aplicación de la norma, de los procesos de fiscalización, y de las capacidades técnicas e institucionales de la autoridades competentes en el tema arqueológico y cultural, sean mejoradas en el propósito de proteger el patrimonio arqueológico de nuestro país.

Es también crítico, que el MDCyT retome el proceso de ajuste de la norma vigente, cuya formulación arrastra dramáticos errores legales, técnicos y administrativos que ponen en riesgo el patrimonio arqueológico y afectan el desempeño profesional de los arqueólogos en el propósito de protegerlo.
Si bien la Ministra de Culturas y Turismo declaró públicamente que se estaba en proceso de efectuar los cambios solicitados, este proceso parece no haber comenzado, pues los principales actores involucrados y afectados por la norma aún no han sido convocados para aportar con propuestas, opiniones y experiencias que ayuden a desarrollar un reglamento útil y apegado a la Ley de Patrimonio, La ley marco de Descentralización y Autonomías, y principalmente la Cosntitución Política del Estado. 
Recinto improvisado como depósito del material arqueológico en las oficinas de Scientia SRL

Material arqueológico apilado en las oficinas de Scientia SRL

Cámara de secado empleada para estabilizar los materiales orgánicos

Muestra de larbas de gusanos que se hallaban junto con el material de tejido textil y fardos funerarios

Situación de los restos óseos de la mayor parte de los individuos que formaban parte del entierro colectivo encontrado en la cámara funeraria

Restos de la fibra vegetal con la que los individuos se encontraban envueltos

Jarras cerámicas de manufactura Pacaje

Un ejemplo de los pocos restos óseos humanos que se encontró en regular estado de conservación

El arqueólogo Jedú Sagárnaga (Scientia SRL) y el conservador Roberto Montero (MDCyT)

Jarra cerámica Inca

Recipientes cerámicos Inca Pacaje

Técnicos de la UDAM revisando el material arqueológico 

Grupo de personas que participaron de la visita de supervisión del MDCyT

Antropólogo forense efectuando el registro de los restos óseos

Material óseo casi pulverizado

Artefactos en madera


26 de diciembre de 2018

LA SALP SOLICITA AL MDCyT CUMPLA SUS COMPROMISOS EN TORNO AL REGLAMENTO DE TRABAJOS ARQUEOLÓGICOS EN OBRAS PUBLICAS Y PRIVADAS Y DEMANDA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA JEFATURA DE LA UDAM

Por medio de una nota enviada a la Ministra de Culturas Wilma Alanoca, la Sociedad de Arqueología de La Paz, solicitó se cumpla el compromiso que hizo la autoridad sobre el ajuste del polémico Reglamento de Autorizaciones para Trabajos arqueológicos en Obras Públicas y Privadas (RM 020/2018), en mayo pasado, en ocasión de una reunión con la directiva de la SALP.  A la fecha y tras 11 meses, ningún cambio se ha efectuado por la inoperancia, incapacidad y mala voluntad de las instancias a las que fuera delegado el ajuste. Por el contrario, el mencionado reglamento, interpretado de manera antojadiza y aplicado de manera discrecional por la UDAM, ha servido para acosar y perjudicar a quienes han observado su contenido y criticado la gestión que la gestó. 
Tras 11 meses, se han desnudado  - en la práctica - sus contradicciones técnicas, su desenfoque legal respecto de la Ley 530 y la CPE, sus peligrosas falencias de redacción y su carencia de apego a la realidad que pretende normar. Por ello, la nota remarca la necesidad urgente de hacer ajustes en su diseño que permita garantizar la protección del patrimonio y el respeto a las leyes, las instituciones y los derechos ciudadanos.
Al mismo tiempo, solicita, tal como se hizo en reiteradas ocasiones, se institucionalicen los cargos de la Dirección General de Patrimonio, particularmente la de la Jefatura de la Unidad de Arqueología y Museos, a fin de darle la solidez técnica y jerarquía a un puesto que últimamente ha sido devaluado por nominaciones señaladas, en las que primaron criterios políticos, de amistad o de presión de los llamados "movimientos sociales". 
La gestión nacional de la arqueología debe superar este oscuro momento y reencausar su camino hacia una institucionalización total, con el ajuste a la Ley de Patrimonio Cultural; la concreción de los reglamentos faltantes; el fortalecimiento de la capacidad de administración y fiscalización de la Unidad de Arqueología y Museos; la transferencia de competencias a las Gobernaciones y Municipios; la implementación de medidas de protección del patrimonio arqueológico mueble, inmueble y monumental; la implementación de políticas de incentivo a la investigación y difusión arqueológica y el desarrollo de mecanismos de articulación con las diferentes instancias gubernamentales que se hallan involucradas con el producto del trabajo arqueológico como obras públicas, educación, ciencia y tecnología, gestión de la información, medio ambiente, desarrollo sostenible, desarrollo rural y distribución de tierras, entre otros. 
Es importante desterrar de la gestión en arqueología el manejo discrecional de los recursos, el clientelísmo, la discriminación, la ineficiencia y el uso mediático de los hallazgos y sitios arqueológicos (que los  ponen en peligro y en extrema indefensión), en particular de aquellos que carecen de protección física o legal.
Esperamos nuevamente, que la Ministra de Culturas y Turismo atienda nuestra solicitud y cumpla oportunamente con su deber de proteger el patrimonio arqueológico y desarrollar una gestión  tal como las leyes y sus funciones se lo demandan.


La Paz, 26 de diciembre del 2018
CITE: SALP C-0073/18


Señora:
Lic. Wilma Alanoca
MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO
Presente.-

Ref.: Solicitud de cumplimiento de compromisos del MDCyT para realizar un profundo ajuste al Reglamento de Autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas…”, aprobado con Resolución Ministerial Nº020/2018 y demanda de Institucionalización urgente de la Jefatura de la Unidad de Arqueología y Museos.

De nuestra mayor consideración:
Mediante la presente, solicitamos a su autoridad cumplir con los compromisos contraídos con nuestra organización, como única organización civil que defiende al patrimonio arqueológico nacional y representa los intereses de la colectividad de arqueólogos profesionales del departamento de La Paz. Este compromiso, efectuado por su autoridad en ocasión de la reunión que sostuvimos en mayo del presente año, quedo en que se efectuarían las siguientes acciones de manera inmediata:
  1.  Hacer una revisión argumentada y exhaustiva de todos los artículos del Reglamento referido, según  lo observado por nuestra organización, además de otros arqueólogos e instituciones independientes.
  2.  La participación, sin discriminación de todos los arqueólogos profesionales del medio
  3.  La Participación de la Sociedad civil organizada como la Sociedad de Arqueología de La Paz.
  4.  La participación abierta de todos los actores institucionales técnica y temáticamente competentes en el tema arqueológico: Carrera de Arqueología de la UMSA, Instituto de Investigaciones Arqueológicas y Antropológicas de la Carrera de Arqueología – Antropología de la UMSA y el Instituto de Investigaciones Antropológicas y Museo de la UMSS.
  5.  La organización de una mesa de trabajo con todos los actores involucrados dirigida por instancias ministeriales que no hayan estado directamente comprometidas en su elaboración o tengan conflicto de intereses, y supervisada por la Dirección de Asuntos Legales del MDCyT, quien debe velar porque los derechos de los participantes no sean afectados.
  6.  Que el trabajo de la mesa este orientado en la perspectiva de la protección del patrimonio arqueológico, por sobre cualquier interés personal. 
La SALP rechazó enfáticamente que: 
  1.  Se discrimine a los participantes por su grado de instrucción, restringiendo la participación sólo a quienes tienen título profesional.
  2.  Se excluya a otras instituciones como la UMSA, o la propia SALP porque no efectúan arqueología de contrato. Este hecho significaría desconocer que la UMSA es la única entidad a nivel nacional que forma arqueólogos profesionales y tiene una voz autorizada, técnica o científica por todo lo que implica la labor arqueológica, sea esta de investigación o de conservación, tal como se entiende a la arqueología, mal llamada "de contrato".
  3. Se excluya del tratamiento previo del reglamento a todos los actores subnacionales (Gobernaciones, Municipios y Autonomías Indígena Originaria Campesinas de todo el país), tal como lo planteó el Jefe de la UDAM.

Así mismo, solicitamos a su autoridad llamar a concurso de méritos para cubrir los principales cargos que atienden aspectos relacionados con el patrimonio arqueológico cultural boliviano, principalmente el de la Jefatura de la Unidad de Arqueología y Museos, de modo que se cuente con personal idóneo que cuente con la suficiente experiencia, formación, sensibilidad y vinculación con la temática y con los actores involucrados en la protección y gestión del patrimonio arqueológico.
Esta demanda la hacemos preocupados por las acciones de persecución y manejo discrecional que se hace con la aplicación del actual reglamento, la gestión de permisos para trabajos arqueológicos y la protección del patrimonio arqueológico, las cuales atentan contra los derechos profesionales e individuales de los arqueólogos y ponen en serio riesgo el patrimonio arqueológico boliviano, cuya vulnerabilidad se ha incrementado de manera alarmante el último año.
Sin otro particular, y esperando una comunicación positiva a nuestra solicitud, nos despedimos reiterándole nuestra mayor consideración.

Atentamente,




Lic. Carlos Lémuz Aguirre
Sociedad de Arqueología de La Paz


Cc.:  Arch



10 de diciembre de 2018

ACLARACIONES NECESARIAS EN TORNO A NOTA DE PRENSA DE PAGINA SIETE


En fecha 4 de diciembre del 2018 se publicó la nota de prensa del periódico Pagina Siete que titula: "Nueva normativa de arqueología afecta a expertos de 5 proyectos". Los profesionales aseguran que hay un desenfoque en la norma. Ver el contenido extenso en el link: https://www.paginasiete.bo/cultura/2018/12/4/nueva-normativa-de-arqueologia-afecta-expertos-de-proyectos-202056.html
La nota convocó a profesionales en arqueología para que efectuaran una evaluación de la aplicación del "Reglamento de autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas del Estado Plurinacional de Bolivia", aprobado el 18 de enero del 2018 con Resolución Ministerial 020/2018, la cual se reflejaría en la nota de prensa citada. Participaron de la entrevista los arqueólogos: Jedú Sagarnaga y Wanderson Ezquerdo de la empresa consultora Scientia SRL, actualmente a cargo de proyectos en Rurrenabaque y Viacha, junto a Javier Méncias Bedoya (Vicepresidente de la SALP) consultor que estuvo a cargo del Diagnóstico Arqueológico (Estudio de Evaluación de Impacto Arqueológico) del Viaducto Plaza San Martín (Parque Triangular) y Carlos Lémuz (Presidente de la SALP), responsable del Proyecto Arqueológico Miraflores. En tal sentido,  cabe hacer algunas precisiones y aclaraciones en torno a la nota, la cual acusa de algunos errores que pueden llevar a confusión:
1. Los arqueólogos Wanderson Ezquerdo y Jedú Sagarnaga no son miembros de la Sociedad de Arqueología de La Paz
2. El título de la nota podría ser más preciso si dijera "Nueva normativa de arqueología tiene efectos negativos serios sobre el trabajo de la arqueología de protección y rescate en obras públicas y privadas. Cinco ejemplos son presentados para su análisis". Este problema ya fue advertido y observado en varias publicaciones en medios y cartas dirigidas a la Ministra de Culturas entre marzo y abril pasados: https://drive.google.com/file/d/1tmd27wAtGBQyefGX4-Udc2KcB-Ke0rXr/view?usp=sharing
3. Los profesionales entrevistados demostraron que existe un desenfoque de la norma respecto de lo que solicita la Ley del Patrimonio Cultural Boliviano Nº 530, pues el actual reglamento esta dirigido a normar las acciones del arqueólogo en el trabajo y no los proyectos constructivos en obras públicas, menos establecer procedimientos plausibles para la salvaguarda del patrimonio arqueológico, tal como se exige en los artículos 47, 48, 49 (IV), 51, 52 y 58 de la citada ley.
4. La norma obliga al arqueólogo a constituirse como custodio temporal del material recuperado hasta que el municipio o algún museo se haga cargo de él, mientras tanto la UDAM puede suspenderlo de trabajar y no otorgarle más permisos, incluso si esta entrega no dependiera del arqueólogo. Con ello la UDAM, el VMI y el MDCyT violan el derecho al trabajo, el libre ejercicio de la profesión y ejercitan sanciones sobre aspectos que no son delitos ni infracciones expresas a las normas vigentes, incluyendo la fallida e inconstitucional norma arqueológica recientemente aprobada RM 020/2018
5. Los arqueólogos entrevistados coincidieron, en base a su experiencia, que el Reglamento aprobado el pasado enero de 2018, pone en serio riesgo el patrimonio arqueológico boliviano, obstaculiza la labor de protección y conservación que realizan los profesionales arqueólogos que trabajan para proyectos de infraestructura pública y privada y promueven serios riesgos de destrucción o pérdida de los bienes  arqueológicos rescatados, debido a que obligan a los gobiernos municipales a hacerse cargo de estos bienes, aun cuando tales entidades no cuentan con infraestructura, equipamiento, personal, presupuesto, conocimientos, ni instrumentos legales y administrativos para cumplir sus fines.
Como ejemplos son citados los gobiernos municipales de La Paz y Viacha, quienes se han negado a recibir el material arqueológico proveniente de importantes proyectos emplazados en su jurisdicción, debido a que estas entidades no cuentan con la infraestructura, equipamiento y presupuesto mínimamente requerido.
Sucede que los municipios obligados a acoger este material, principalmente los municipios pequeños, lo almacenan en algún depósito improvisado, junto con materiales de construcción, muebles en desuso, etc. con serio riesgo de su perdida o destrucción. Se conoce que ha sucedido en algún municipio, que por desconocimiento o premeditación, los funcionarios municipales se deshicieron de colecciones de bolsas conteniendo fragmentos de material arqueológico,  echándolos a la basura, enterrándolos o empleándolos como relleno para pavimentar los pisos de sus edificaciones.
6.  Se menciona en la nota, que la Ministra de Culturas y Turismo Wilma Alanoca, se comprometió a instruir que se corrija éste reglamento de manera participativa y consensuada con todos los actores involucrados, promesa que fue incumplida, pues van 11 meses desde que fuera aprobado y hasta la fecha no hubo acciones efectivas, sólo un par de reuniones fallidas que no hicieron mas que exponer la absoluta incompetencia de los directivos de la UDAM y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Culturas y Turismo (abril del 2018 a la fecha).
7. La foto central de la entrevista lleva como pie el texto: "Los arqueólogos reunidos determinan toma de acciones", afirmación que es completamente errónea, pues la reunión de la fotografía fue expresamente concertada para atender la nota periodística, y en ningún caso, para determinar algún tipo de acción conjunta.
8. En un recuadro central se indica que, "Los arqueólogos afirman que la UDAM realiza observaciones "no reales" a los proyectos, por lo que la SALP enviará  notas notariadas al Viceministro Feliciano Vegamonte". Lo expresado por los miembros entrevistados de la SALP fue, que dado el manejo abusivo y sin apego a la norma vigente, por parte de la UDAM, respecto a los proyectos e informes de los arqueólogos, se ha advertido y sugerido a los afectados, que envíen sus cartas de reclamo notariadas, a fin de tomar previsiones e ir substanciando antecedentes para implementar un proceso legal que impugne la norma y defienda los derechos de los profesionales frente al manejo discrecional y abusivo que se hace del proceso de autorización.
8. En el mismo apartado central, se menciona que instituciones como el MUSEF, la ABC y la Carrera de Arqueología de la UMSA aún desconocen oficialmente la norma aprobada, tales notas que fueron publicadas por la SALP en el siguiente link: https://notisalp.blogspot.com/2018/06/el-conflicto-por-el-reglamento-de.html.
9. Cuando la nota indica que los arqueólogos se ven obligados a efectuar los análisis del material en sus casas, se refiere a que como son consultores independientes, muchos de ellos tienen sus gabinetes, laboratorios o talleres en sus domicilios, que es donde se efectúa el análisis del material. Actualmente son pocas las empresas constructoras o contratistas independientes que disponen de infraestructura y condiciones para que el arqueólogo efectúe sus análisis del material recuperado en la obra. Esta practica viene desde hace mucho y no existe normativa expresa al respecto. Sin embargo, este hecho es siempre aprobado por la UDAM, pues identificar e informar donde estará depositado el material es un requisito exigido a tiempo de presentar el proyecto de intervención.
10. Finalmente, la SALP exige que se abrogue o se corrija substancialmente el Reglamento de Autorizaciones citado,  a la mayor brevedad posible, mediante un proceso participativo y sin discriminación, persecución, amenazas o represalias, como las que se han orquestado en los últimos 8 meses desde la UDAM. En tal sentido la SALP se encuentra en estado de emergencia y ha declarado desde entonces, que el actual Jefe de la UDAM no es un interlocutor válido y confiable para la colectividad arqueológica y académica de arqueología.



27 de febrero de 2018

NUEVO REGLAMENTO DE AUTORIZACIONES PARA TRABAJOS ARQUEOLÓGICOS ES APROBADO Y PROMUEVE ESTADO DE EMERGENCIA EN LA COMUNIDAD ARQUEOLÓGICA DE LA PAZ



La Sociedad de Arqueología de La Paz  ha sido ingratamente sorprendida con la aprobación de un nuevo reglamento de autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas, sin que tal instrumento de política pública haya sido socializado previamente, como sucede con este tipo de normas. 
Una rápida mirada a su contenido denota serias falencias legales, técnicas, conceptuales y operativas para su implementación, destacándose principalmente el intento de violar el derecho al trabajo y al  libre ejercicio de la profesión que se pretende imponer con el denominado "Número de Registro del Consultor en Arqueología", cuya aplicación no figura en el citado reglamento.
La Sociedad de Arqueología de La Paz ha llamado a una Reunión de Emergencia para evaluar este documento y determinar las medidas que corresponda, individualmente como organización que vela por los derechos e quienes trabajan en la disciplina,  o en coalición con todos los actores individuales, colectivos e institucionales que pudieran ver afectados sus derechos.


La norma puede ser descargada para su análisis en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1-jOjcs0ma4TJ9GM2vDea2HG4n_jyYobz/view?usp=sharing