Este viernes 27 consultamos al Director de Patrimonio del VCyF, Cual era la situación de la denuncia que se planteó el sábado y lunes y si se había tomado alguna acción. La respuesta fue: "Estamos atendiendo la nota que llegó oficialmente ya nos hemos adelantado con algunas reuniones para atender el caso". Un caso que requería una acción urgente, coordinada, inmediata y efectiva para evitar la perdida de patrimonio arqueológico, se hundió nuevamente en los procedimientos y reuniones "tranca", para que tras 10 días o más, recién se piense en actuar. probablemente después de que todas las piezas arqueológicas hayan sido vendidas, sean imposibles de recuperar, o no exista prueba justiciable del hecho.
Estas situaciones de tráfico de bienes culturales o arqueológicos ocurren todo el tiempo, hubo cantidad de veces que las denunciamos, unas con resultados efectivos y sorprendentes, otras con acciones como esta última. En la mayoría, se siente como si fuera la primera vez que el Ministerio Culturas atiende una denuncia como esta. Raras veces actúan con celeridad; se embarcan en una serie de reuniones sin conclusiones claras y luego actúan de manera improvisada, cuando tras más de 10 años de aprobada la Ley de Patrimonio 530, no supieran que deben contar con un protocolo y una red de acción inmediata que incluya al Ministerio público, la policía nacional, los responsables municipales y los responsables de las gobernaciones, amen de otras entidades interesadas en la protección del patrimonio arqueológico o cultural. ¡¡Penoso, pero cierto!!
Compartimos aquí el tenor de la nota:
La Paz, 23
de febrero de 2026
CITE:
SALP C-2026/002
Señor:
Darío Andrés Zaratti Chevarría
Viceministro
de Culturas y Folklore
Ministerio
de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía
Presente.-
Ref.: Denuncia de venta de objetos presumiblemente de valor patrimonial arqueológico
De nuestra mayor consideración:
La presente, tiene por objeto poner en conocimiento suyo la denuncia enviada en fecha 21/02/2026 a su Director de Patrimonio (David Aruquipa Pérez), mediante nota con CITE SALP C-2026/001, sobre la venta de presuntas piezas arqueológicas e informar sobre las actuaciones efectuadas en coordinación con personal del Gobierno Municipal de La Paz y el Viceministerio de Culturas y Folklore, convocados de manera extraordinaria por directivos de la SALP para salvaguardar este presunto conjunto de objetos arqueológicos de valor patrimonial.
El día 21 de febrero, al promediar las 16:30 horas,
fuimos informados, por una fuente externa a nuestra organización, sobre la
venta de objetos de posible filiación prehispánica, en la “Feria de Arte Libre”.
Este evento comercial se realiza en el inmueble conocido como “Casa Goitia”,
cuya dirección es Avenida Arce No. 2519 en La Paz.
Amparados bajo el Art. 21, num. 4 de la Ley No. 530, que
obliga a todo ciudadano boliviano a “Denunciar a las autoridades competentes
cualquier forma de daño, robo, hurto, pérdida, riesgo de tráfico ilícito u otra
situación que atente contra los bienes culturales que conforman el Patrimonio
Cultural Boliviano.”, y la Convención de la UNESCO de 1970, informamos sobre
dicho posible ilícito a personal tanto del Viceministerio de Cultura y Folklore
(VCyF), como del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP), como entidades
sectoriales competentes para la protección del patrimonio arqueológico, cuya
actuación “de oficio” debe ser inmediata si son testigos presenciales o son
informados de este tipo de actos. Personal de ambas entidades se hicieron
presentes para verificar la existencia de objetos presumiblemente arqueológicos
para la venta en la mencionada feria.
En ausencia del propietario del puesto que oferta los
objetos (a pesar de haber sido contactado por nosotros), se acompañó y explicó
a los técnicos que, a juicio experto de los asociados de la SALP presentes, los
objetos ofertados (con etiquetas de precio) tienen una muy alta probabilidad de
ser objetos prehispánicos originales, característica que los incluye bajo la
protección estipulada por el Art. 35, parágrafo II de la Ley No. 530. Se
adjunta el listado de los mismos, que contiene los indicadores técnicos
identificados, a la presente.
Por lo tanto, y en estricto cumplimiento de todos los
preceptos acordados en convenios internacionales, la CPE boliviana y la Ley No.
530 del Patrimonio Cultural Boliviano, solicitamos que las entidades
sectoriales competentes inicien todas las acciones pertinentes para determinar
la originalidad de los objetos. De ser originales, indagar su procedencia y el
mecanismo de obtención de los mismos, que podría relacionarse a alguna red de
tráfico de objetos. En tal situación se ve necesario activar las medidas previstas
por ley para sancionar el potencial ilícito. Aprovechamos la presente para
informar a usted que técnicos del VCyF, en especial el Arql. Víctor Plaza,
fueron parte de una comisión a la que, el año 2021, se le presentó una
propuesta de protocolo de actuación en caso de denuncias de afectación y
tráfico de bienes arqueológicos patrimoniales, considerando que la ocasión es
propicia para conocer cuáles son los trabajos de adecuación del mismo, luego de
cinco años de tenerlo en su poder.
Deseamos finalizar la presente
ponderando -positivamente- las acciones prontas y efectivas del personal
técnico que respondió nuestra llamada, reafirmando el compromiso de la SALP por
trabajar, apoyar y aportar, de acuerdo con sus capacidades y la convocatoria
que se le extienda.
Sin otro particular, saludamos a usted.
Atentamente,
Mtr. Javier Armando Mencias Bedoya
Presidente
PJ con RAD N° 665/2011
cc.: Arch.
Adj.: Lo indicado
Acta:
Por otra parte, la Ley 530 del Patrimonio Cultural Boliviano indica que, los bienes de patrimonio cultural boliviano (especialmente los arqueológicos) son:
- Inalienables: No se pueden vender, donar ni ceder legalmente a particulares.
- Imprescriptibles: El derecho del Estado sobre ellos no caduca con el tiempo, sin importar cuántas décadas hayan pasado desde su hallazgo o robo.
- Inembargables: No pueden ser objeto de embargos judiciales.
La ley asume que todo objeto arqueológico (cerámicas, textiles prehispánicos, restos humanos, herramientas de piedra, etc.) encontrado en nuestro territorio pertenece al Estado boliviano.
Existe una prohibición de venta que indica que la comercialización de estos artefactos es totalmente ilegal. No existe un "mercado legal" de arqueología en Bolivia.
Con respecto a la tenencia y propiedad, se establece que, si un particular tiene piezas arqueológicas, la ley no lo reconoce como "dueño", sino como custodio. El custodio tiene la obligación de registrar las piezas ante el Viceministerio de Culturas y Folklore y no puede venderlas bajo ninguna circunstancia.
La venta de piezas arqueológicas esta tipificado como trafico ilícito de patrimonio y es un delito penal y no registrar piezas en custodia es una falta administrativa grave que lo expone a una posible confiscación.
Es imperativo que el v Viceministerio de Culturas y Folklore desarrolle políticas e instrumentos, técnicos, legales y administrativos para atender este tipo de situaciones que atentan contra el patrimonio arqueológico y cultural boliviano






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