13 de mayo de 2019

LA SALP VUELVE A SOLICITAR A LA MINISTRA DE CULTURAS QUE SE REVISE Y AJUSTE EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIONES PARA TRABAJOS ARQUEOLÓGICOS RM 020/2018



Han pasado un año y cuatro meses desde que fuera aprobado el Reglamento de Autorizaciones para Trabajos en Obras Públicas y Privadas  (RM 020/2018), y no obstante haberse demostrado con absoluta claridad las terribles falencias de ésta norma (artículo por artículo) y demostrado en la práctica, que su aplicación supone, no sólo un enorme riesgo para el patrimonio arqueológico, sino un atentado al ejercicio libre de la profesión, el MDCyT no ha tomado ninguna medida al respecto.
A la fecha, se espera que, en el marco de un trabajo coordinado con todos los actores, se hagan cambios radicales a ésta norma, como a la estructura técnica y administrativa, que dentro el MDCyT, VMDI y UDAM, sirvieron para instrumentar  medidas violatorias a los derechos  y  acoso a los arqueólogos que se opusieron a la norma.


La Paz, 13 de mayo del 2019
CITE: SALP C-007/19

  
Señora:
Wilma Alanoca
MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO
Presente.-

Ref.: Solicitud de cumplimiento de compromisos del MDCyT para realizar un profundo ajuste al Reglamento de Autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas…”, aprobado con Resolución Ministerial Nº020/2018.
De nuestra mayor consideración:
Una vez que el cargo de Jefe de la Unidad de Arqueología y Museos ha sido cubierto, solicitamos se haga una evaluación exhaustiva del Reglamento de referencia a fin de ajustarlo y reestructurarlo para garantizar su correcta aplicación técnica, legal y administrativa garantizando el cumplimiento de la CPE, la Ley Marco de Autonomías, la Ley de Patrimonio y la Ley ambiental.
Nuestra solicitud es una reinteración de las sucesivas demandas que enviamos a su despacho desde hace más de un año, y se enmarcan en los acuerdos alcanzados con su autoridad para allanar el problema que aflige tanto a la Sociedad de Arqueología de La Paz  como a todos los arqueólogos que desarrollan trabajos de evaluación de impacto y mitigaciones arqueológicas:

1)      Hacer una revisión argumentada y exhaustiva de todos los artículos del Reglamento referido, según lo observado por nuestra organización, además de otros arqueólogos e instituciones independientes.
2)      La participación, sin discriminación de todos los arqueólogos profesionales del medio
3)      La Participación de la Sociedad civil organizada como la Sociedad de Arqueología de La Paz.
4)      La participación abierta de todos los actores institucionales técnica y temáticamente competentes en el tema arqueológico: Carrera de Arqueología de la UMSA, Instituto de Investigaciones Arqueológicas y Antropológicas de la Carrera de Arqueología – Antropología de la UMSA y el Instituto de Investigaciones Antropológicas y Museo de la UMSS.
5)      La organización de una mesa de trabajo con todos los actores involucrados dirigida por instancias ministeriales que no hayan estado directamente comprometidas en su elaboración o tengan conflicto de intereses, y supervisada por la Dirección de Asuntos Legales del MDCyT, quien debe velar porque los derechos de los participantes no sean afectados.
6)      Que el trabajo de la mesa este orientado en la perspectiva de la protección del patrimonio arqueológico, por sobre cualquier interés personal.


Sin otro particular, y esperando una comunicación positiva a nuestra solicitud, nos despedimos reiterándole nuestra mayor consideración.




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