Han pasado un año y cuatro meses desde que fuera aprobado el Reglamento de Autorizaciones para Trabajos en Obras Públicas y Privadas (RM 020/2018), y no obstante haberse demostrado con absoluta claridad las terribles falencias de ésta norma (artículo por artículo) y demostrado en la práctica, que su aplicación supone, no sólo un enorme riesgo para el patrimonio arqueológico, sino un atentado al ejercicio libre de la profesión, el MDCyT no ha tomado ninguna medida al respecto.
A la fecha, se espera que, en el marco de un trabajo coordinado con todos los actores, se hagan cambios radicales a ésta norma, como a la estructura técnica y administrativa, que dentro el MDCyT, VMDI y UDAM, sirvieron para instrumentar medidas violatorias a los derechos y acoso a los arqueólogos que se opusieron a la norma.
La Paz, 13 de mayo del
2019
CITE: SALP C-007/19
Señora:
Wilma Alanoca
MINISTRA DE CULTURAS
Y TURISMO
Presente.-
Ref.: Solicitud de
cumplimiento de compromisos del MDCyT para realizar un profundo ajuste al Reglamento
de Autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas…”,
aprobado con Resolución Ministerial Nº020/2018.
De nuestra mayor consideración:
Una vez que el cargo de Jefe de la Unidad de Arqueología y Museos ha
sido cubierto, solicitamos se haga una evaluación exhaustiva del Reglamento de
referencia a fin de ajustarlo y reestructurarlo para garantizar su correcta
aplicación técnica, legal y administrativa garantizando el cumplimiento de la
CPE, la Ley Marco de Autonomías, la Ley de Patrimonio y la Ley ambiental.
Nuestra solicitud es una reinteración de las sucesivas demandas que
enviamos a su despacho desde hace más de un año, y se enmarcan en los acuerdos
alcanzados con su autoridad para allanar el problema que aflige tanto a la
Sociedad de Arqueología de La Paz como a
todos los arqueólogos que desarrollan trabajos de evaluación de impacto y
mitigaciones arqueológicas:
1)
Hacer una revisión argumentada y
exhaustiva de todos los artículos del Reglamento referido, según lo observado
por nuestra organización, además de otros arqueólogos e instituciones
independientes.
2)
La participación, sin discriminación de
todos los arqueólogos profesionales del medio
3)
La Participación de la Sociedad civil
organizada como la Sociedad de Arqueología de La Paz.
4)
La participación abierta de todos los
actores institucionales técnica y temáticamente competentes en el tema
arqueológico: Carrera de Arqueología de la UMSA, Instituto de Investigaciones
Arqueológicas y Antropológicas de la Carrera de Arqueología – Antropología de
la UMSA y el Instituto de Investigaciones Antropológicas y Museo de la UMSS.
5)
La organización de una mesa de trabajo
con todos los actores involucrados dirigida por instancias ministeriales que no
hayan estado directamente comprometidas en su elaboración o tengan conflicto de
intereses, y supervisada por la Dirección de Asuntos Legales del MDCyT, quien
debe velar porque los derechos de los participantes no sean afectados.
6)
Que el trabajo de la mesa este orientado
en la perspectiva de la protección del patrimonio arqueológico, por sobre
cualquier interés personal.
Sin otro particular, y esperando una comunicación positiva a nuestra
solicitud, nos despedimos reiterándole nuestra mayor consideración.
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