10 de diciembre de 2018

ACLARACIONES NECESARIAS EN TORNO A NOTA DE PRENSA DE PAGINA SIETE


En fecha 4 de diciembre del 2018 se publicó la nota de prensa del periódico Pagina Siete que titula: "Nueva normativa de arqueología afecta a expertos de 5 proyectos". Los profesionales aseguran que hay un desenfoque en la norma. Ver el contenido extenso en el link: https://www.paginasiete.bo/cultura/2018/12/4/nueva-normativa-de-arqueologia-afecta-expertos-de-proyectos-202056.html
La nota convocó a profesionales en arqueología para que efectuaran una evaluación de la aplicación del "Reglamento de autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas del Estado Plurinacional de Bolivia", aprobado el 18 de enero del 2018 con Resolución Ministerial 020/2018, la cual se reflejaría en la nota de prensa citada. Participaron de la entrevista los arqueólogos: Jedú Sagarnaga y Wanderson Ezquerdo de la empresa consultora Scientia SRL, actualmente a cargo de proyectos en Rurrenabaque y Viacha, junto a Javier Méncias Bedoya (Vicepresidente de la SALP) consultor que estuvo a cargo del Diagnóstico Arqueológico (Estudio de Evaluación de Impacto Arqueológico) del Viaducto Plaza San Martín (Parque Triangular) y Carlos Lémuz (Presidente de la SALP), responsable del Proyecto Arqueológico Miraflores. En tal sentido,  cabe hacer algunas precisiones y aclaraciones en torno a la nota, la cual acusa de algunos errores que pueden llevar a confusión:
1. Los arqueólogos Wanderson Ezquerdo y Jedú Sagarnaga no son miembros de la Sociedad de Arqueología de La Paz
2. El título de la nota podría ser más preciso si dijera "Nueva normativa de arqueología tiene efectos negativos serios sobre el trabajo de la arqueología de protección y rescate en obras públicas y privadas. Cinco ejemplos son presentados para su análisis". Este problema ya fue advertido y observado en varias publicaciones en medios y cartas dirigidas a la Ministra de Culturas entre marzo y abril pasados: https://drive.google.com/file/d/1tmd27wAtGBQyefGX4-Udc2KcB-Ke0rXr/view?usp=sharing
3. Los profesionales entrevistados demostraron que existe un desenfoque de la norma respecto de lo que solicita la Ley del Patrimonio Cultural Boliviano Nº 530, pues el actual reglamento esta dirigido a normar las acciones del arqueólogo en el trabajo y no los proyectos constructivos en obras públicas, menos establecer procedimientos plausibles para la salvaguarda del patrimonio arqueológico, tal como se exige en los artículos 47, 48, 49 (IV), 51, 52 y 58 de la citada ley.
4. La norma obliga al arqueólogo a constituirse como custodio temporal del material recuperado hasta que el municipio o algún museo se haga cargo de él, mientras tanto la UDAM puede suspenderlo de trabajar y no otorgarle más permisos, incluso si esta entrega no dependiera del arqueólogo. Con ello la UDAM, el VMI y el MDCyT violan el derecho al trabajo, el libre ejercicio de la profesión y ejercitan sanciones sobre aspectos que no son delitos ni infracciones expresas a las normas vigentes, incluyendo la fallida e inconstitucional norma arqueológica recientemente aprobada RM 020/2018
5. Los arqueólogos entrevistados coincidieron, en base a su experiencia, que el Reglamento aprobado el pasado enero de 2018, pone en serio riesgo el patrimonio arqueológico boliviano, obstaculiza la labor de protección y conservación que realizan los profesionales arqueólogos que trabajan para proyectos de infraestructura pública y privada y promueven serios riesgos de destrucción o pérdida de los bienes  arqueológicos rescatados, debido a que obligan a los gobiernos municipales a hacerse cargo de estos bienes, aun cuando tales entidades no cuentan con infraestructura, equipamiento, personal, presupuesto, conocimientos, ni instrumentos legales y administrativos para cumplir sus fines.
Como ejemplos son citados los gobiernos municipales de La Paz y Viacha, quienes se han negado a recibir el material arqueológico proveniente de importantes proyectos emplazados en su jurisdicción, debido a que estas entidades no cuentan con la infraestructura, equipamiento y presupuesto mínimamente requerido.
Sucede que los municipios obligados a acoger este material, principalmente los municipios pequeños, lo almacenan en algún depósito improvisado, junto con materiales de construcción, muebles en desuso, etc. con serio riesgo de su perdida o destrucción. Se conoce que ha sucedido en algún municipio, que por desconocimiento o premeditación, los funcionarios municipales se deshicieron de colecciones de bolsas conteniendo fragmentos de material arqueológico,  echándolos a la basura, enterrándolos o empleándolos como relleno para pavimentar los pisos de sus edificaciones.
6.  Se menciona en la nota, que la Ministra de Culturas y Turismo Wilma Alanoca, se comprometió a instruir que se corrija éste reglamento de manera participativa y consensuada con todos los actores involucrados, promesa que fue incumplida, pues van 11 meses desde que fuera aprobado y hasta la fecha no hubo acciones efectivas, sólo un par de reuniones fallidas que no hicieron mas que exponer la absoluta incompetencia de los directivos de la UDAM y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Culturas y Turismo (abril del 2018 a la fecha).
7. La foto central de la entrevista lleva como pie el texto: "Los arqueólogos reunidos determinan toma de acciones", afirmación que es completamente errónea, pues la reunión de la fotografía fue expresamente concertada para atender la nota periodística, y en ningún caso, para determinar algún tipo de acción conjunta.
8. En un recuadro central se indica que, "Los arqueólogos afirman que la UDAM realiza observaciones "no reales" a los proyectos, por lo que la SALP enviará  notas notariadas al Viceministro Feliciano Vegamonte". Lo expresado por los miembros entrevistados de la SALP fue, que dado el manejo abusivo y sin apego a la norma vigente, por parte de la UDAM, respecto a los proyectos e informes de los arqueólogos, se ha advertido y sugerido a los afectados, que envíen sus cartas de reclamo notariadas, a fin de tomar previsiones e ir substanciando antecedentes para implementar un proceso legal que impugne la norma y defienda los derechos de los profesionales frente al manejo discrecional y abusivo que se hace del proceso de autorización.
8. En el mismo apartado central, se menciona que instituciones como el MUSEF, la ABC y la Carrera de Arqueología de la UMSA aún desconocen oficialmente la norma aprobada, tales notas que fueron publicadas por la SALP en el siguiente link: https://notisalp.blogspot.com/2018/06/el-conflicto-por-el-reglamento-de.html.
9. Cuando la nota indica que los arqueólogos se ven obligados a efectuar los análisis del material en sus casas, se refiere a que como son consultores independientes, muchos de ellos tienen sus gabinetes, laboratorios o talleres en sus domicilios, que es donde se efectúa el análisis del material. Actualmente son pocas las empresas constructoras o contratistas independientes que disponen de infraestructura y condiciones para que el arqueólogo efectúe sus análisis del material recuperado en la obra. Esta practica viene desde hace mucho y no existe normativa expresa al respecto. Sin embargo, este hecho es siempre aprobado por la UDAM, pues identificar e informar donde estará depositado el material es un requisito exigido a tiempo de presentar el proyecto de intervención.
10. Finalmente, la SALP exige que se abrogue o se corrija substancialmente el Reglamento de Autorizaciones citado,  a la mayor brevedad posible, mediante un proceso participativo y sin discriminación, persecución, amenazas o represalias, como las que se han orquestado en los últimos 8 meses desde la UDAM. En tal sentido la SALP se encuentra en estado de emergencia y ha declarado desde entonces, que el actual Jefe de la UDAM no es un interlocutor válido y confiable para la colectividad arqueológica y académica de arqueología.



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