26 de diciembre de 2018

LA SALP SOLICITA AL MDCyT CUMPLA SUS COMPROMISOS EN TORNO AL REGLAMENTO DE TRABAJOS ARQUEOLÓGICOS EN OBRAS PUBLICAS Y PRIVADAS Y DEMANDA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA JEFATURA DE LA UDAM

Por medio de una nota enviada a la Ministra de Culturas Wilma Alanoca, la Sociedad de Arqueología de La Paz, solicitó se cumpla el compromiso que hizo la autoridad sobre el ajuste del polémico Reglamento de Autorizaciones para Trabajos arqueológicos en Obras Públicas y Privadas (RM 020/2018), en mayo pasado, en ocasión de una reunión con la directiva de la SALP.  A la fecha y tras 11 meses, ningún cambio se ha efectuado por la inoperancia, incapacidad y mala voluntad de las instancias a las que fuera delegado el ajuste. Por el contrario, el mencionado reglamento, interpretado de manera antojadiza y aplicado de manera discrecional por la UDAM, ha servido para acosar y perjudicar a quienes han observado su contenido y criticado la gestión que la gestó. 
Tras 11 meses, se han desnudado  - en la práctica - sus contradicciones técnicas, su desenfoque legal respecto de la Ley 530 y la CPE, sus peligrosas falencias de redacción y su carencia de apego a la realidad que pretende normar. Por ello, la nota remarca la necesidad urgente de hacer ajustes en su diseño que permita garantizar la protección del patrimonio y el respeto a las leyes, las instituciones y los derechos ciudadanos.
Al mismo tiempo, solicita, tal como se hizo en reiteradas ocasiones, se institucionalicen los cargos de la Dirección General de Patrimonio, particularmente la de la Jefatura de la Unidad de Arqueología y Museos, a fin de darle la solidez técnica y jerarquía a un puesto que últimamente ha sido devaluado por nominaciones señaladas, en las que primaron criterios políticos, de amistad o de presión de los llamados "movimientos sociales". 
La gestión nacional de la arqueología debe superar este oscuro momento y reencausar su camino hacia una institucionalización total, con el ajuste a la Ley de Patrimonio Cultural; la concreción de los reglamentos faltantes; el fortalecimiento de la capacidad de administración y fiscalización de la Unidad de Arqueología y Museos; la transferencia de competencias a las Gobernaciones y Municipios; la implementación de medidas de protección del patrimonio arqueológico mueble, inmueble y monumental; la implementación de políticas de incentivo a la investigación y difusión arqueológica y el desarrollo de mecanismos de articulación con las diferentes instancias gubernamentales que se hallan involucradas con el producto del trabajo arqueológico como obras públicas, educación, ciencia y tecnología, gestión de la información, medio ambiente, desarrollo sostenible, desarrollo rural y distribución de tierras, entre otros. 
Es importante desterrar de la gestión en arqueología el manejo discrecional de los recursos, el clientelísmo, la discriminación, la ineficiencia y el uso mediático de los hallazgos y sitios arqueológicos (que los  ponen en peligro y en extrema indefensión), en particular de aquellos que carecen de protección física o legal.
Esperamos nuevamente, que la Ministra de Culturas y Turismo atienda nuestra solicitud y cumpla oportunamente con su deber de proteger el patrimonio arqueológico y desarrollar una gestión  tal como las leyes y sus funciones se lo demandan.


La Paz, 26 de diciembre del 2018
CITE: SALP C-0073/18


Señora:
Lic. Wilma Alanoca
MINISTRA DE CULTURAS Y TURISMO
Presente.-

Ref.: Solicitud de cumplimiento de compromisos del MDCyT para realizar un profundo ajuste al Reglamento de Autorizaciones para trabajos arqueológicos en obras públicas y privadas…”, aprobado con Resolución Ministerial Nº020/2018 y demanda de Institucionalización urgente de la Jefatura de la Unidad de Arqueología y Museos.

De nuestra mayor consideración:
Mediante la presente, solicitamos a su autoridad cumplir con los compromisos contraídos con nuestra organización, como única organización civil que defiende al patrimonio arqueológico nacional y representa los intereses de la colectividad de arqueólogos profesionales del departamento de La Paz. Este compromiso, efectuado por su autoridad en ocasión de la reunión que sostuvimos en mayo del presente año, quedo en que se efectuarían las siguientes acciones de manera inmediata:
  1.  Hacer una revisión argumentada y exhaustiva de todos los artículos del Reglamento referido, según  lo observado por nuestra organización, además de otros arqueólogos e instituciones independientes.
  2.  La participación, sin discriminación de todos los arqueólogos profesionales del medio
  3.  La Participación de la Sociedad civil organizada como la Sociedad de Arqueología de La Paz.
  4.  La participación abierta de todos los actores institucionales técnica y temáticamente competentes en el tema arqueológico: Carrera de Arqueología de la UMSA, Instituto de Investigaciones Arqueológicas y Antropológicas de la Carrera de Arqueología – Antropología de la UMSA y el Instituto de Investigaciones Antropológicas y Museo de la UMSS.
  5.  La organización de una mesa de trabajo con todos los actores involucrados dirigida por instancias ministeriales que no hayan estado directamente comprometidas en su elaboración o tengan conflicto de intereses, y supervisada por la Dirección de Asuntos Legales del MDCyT, quien debe velar porque los derechos de los participantes no sean afectados.
  6.  Que el trabajo de la mesa este orientado en la perspectiva de la protección del patrimonio arqueológico, por sobre cualquier interés personal. 
La SALP rechazó enfáticamente que: 
  1.  Se discrimine a los participantes por su grado de instrucción, restringiendo la participación sólo a quienes tienen título profesional.
  2.  Se excluya a otras instituciones como la UMSA, o la propia SALP porque no efectúan arqueología de contrato. Este hecho significaría desconocer que la UMSA es la única entidad a nivel nacional que forma arqueólogos profesionales y tiene una voz autorizada, técnica o científica por todo lo que implica la labor arqueológica, sea esta de investigación o de conservación, tal como se entiende a la arqueología, mal llamada "de contrato".
  3. Se excluya del tratamiento previo del reglamento a todos los actores subnacionales (Gobernaciones, Municipios y Autonomías Indígena Originaria Campesinas de todo el país), tal como lo planteó el Jefe de la UDAM.

Así mismo, solicitamos a su autoridad llamar a concurso de méritos para cubrir los principales cargos que atienden aspectos relacionados con el patrimonio arqueológico cultural boliviano, principalmente el de la Jefatura de la Unidad de Arqueología y Museos, de modo que se cuente con personal idóneo que cuente con la suficiente experiencia, formación, sensibilidad y vinculación con la temática y con los actores involucrados en la protección y gestión del patrimonio arqueológico.
Esta demanda la hacemos preocupados por las acciones de persecución y manejo discrecional que se hace con la aplicación del actual reglamento, la gestión de permisos para trabajos arqueológicos y la protección del patrimonio arqueológico, las cuales atentan contra los derechos profesionales e individuales de los arqueólogos y ponen en serio riesgo el patrimonio arqueológico boliviano, cuya vulnerabilidad se ha incrementado de manera alarmante el último año.
Sin otro particular, y esperando una comunicación positiva a nuestra solicitud, nos despedimos reiterándole nuestra mayor consideración.

Atentamente,




Lic. Carlos Lémuz Aguirre
Sociedad de Arqueología de La Paz


Cc.:  Arch



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